Suspensión de actividades en la Secretaría de Economía
18 dic. 2020
Suspensión de actividades en la Secretaría de Economía
El 17 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo por el que se hace del conocimiento público los días que no se considerarán hábiles por la Secretaría de Economía” (el Acuerdo), mismo que entró en vigor el día de su publicación.
A través del citado Acuerdo, y para efectos de los procedimientos administrativos que la Secretaría de Economía lleva a cabo, incluidos aquellos que se realicen según el “Acuerdo por el que se establecen las medidas administrativas en la Secretaría de Economía, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el coronavirus COVID-19”, se establecen como días inhábiles el período del 21 de diciembre de 2020 al 5 de enero de 2021.
El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes de dicho Acuerdo, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberá revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda relacionada con el presente; así como en cualquier otro asunto relacionado con la materia.
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