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    Ley Aduanera

    01 jun. 2018

    Ley Aduanera

    Alerta 15. 2018

    El día de hoy, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Aduanera, del Código Penal Federal y de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos (en adelante el Decreto), el cual entrará en vigor al día siguiente de su publicación, salvo algunas disposiciones expresamente previstas en el mismo.

    El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dicho Decreto, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.

    Abandono en favor del Fisco Federal

    Se establece a través del Decreto que los petrolíferos causarán abandono en favor del Fisco Federal a los 15 días naturales de encontrarse en depósito ante la aduana, siempre que se cuente con instalaciones para el mantenimiento y conservación de éstos.

    Anexos del pedimento que deberán ser transmitidos en forma electrónica o digital

    Se elimina la facilidad que eximía la obligación de transmitir electrónicamente la información relativa al valor y demás datos de comercialización de las mercancías relacionadas a energía eléctrica, petróleo crudo, gas natural y sus derivados que se importen o exporten por medio de tuberías o cables.

    Petrolíferos

    Se establece que los productos petrolíferos no podrán ser objeto de los siguientes regímenes aduaneros:

    • Elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o exportación.
    • Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
    • Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado estratégico.

    Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle en todo lo relacionado con la aplicación del Decreto, así como en cualquier otro asunto relacionado en la materia.

    En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:

    Oficina México 

    Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55)  54246500 

    Pedro Zugarramurdi Pedro.Zugarramurdi@mx.gt.com T (52 55)  54246500

    Mario Echagaray Mario.Echagaray@mx.gt.com T (52 55) 54246500 

    Oficina Monterrey 

    Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55) 5424 6500  

    Oficina Guadalajara  

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 33)  38174480 

    Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33) 38174480 

    Oficina Puerto Vallarta  

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 322) 2241297 

    Oficina Querétaro 

    Carlos Hernández Carlos.A.Hernandez@mx.gt.com T (52 442) 229 1543 

    Oficina Tijuana 

    Luis Fernando Acosta Luis.F.Acosta@mx.gt.com T (664) 207-0050 

    Rafael Rubí Rafael.Rubi@mx.gt.com T (664) 207-0050

    Oficina Ciudad Juárez 

    Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33)  38174480 

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