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    Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los servidores públicos del SAT

    14 jul. 2016

    Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los servidores públicos del SAT - Grant Thornton Mexico

    El próximo 22 de julio de 2016 entrará en vigor el Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria (el Acuerdo), publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 23 de junio del año en curso. 

    El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, algunos de los aspectos más importantes de dicho Acuerdo, por lo que no se incluye un análisis profundo del mismo.

    Nuevo Acuerdo 

    El Acuerdo tiene como principal objetivo, que el Jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT) delegue a los servidores públicos que forman parte del SAT, las funciones para el oportuno ejercicio de las facultades que tiene conferidas y el despacho de los asuntos que le son encomendados, de aquellas funciones que permitan la mayor eficacia en la aplicación de las disposiciones fiscales y aduaneras, así como la eficiencia en el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas. 

    Administraciones a cargo de servidores públicos 

    Se delegan las facultades conferidas al jefe del SAT a las siguientes Administraciones: 

    • Administración General de Recaudación.
    • Administración General de Aduanas.
    • Administración General de Auditoría Fiscal Federal.
    • Administración General de Auditoría de Comercio Exterior.
    • Administración General de Grandes Contribuyentes.
    • Administración General de Hidrocarburos.
    • Administración General de Servicios al Contribuyente.
    • Administración General de Recursos y Servicios.
    • Administración General de Evaluación. 

    Facultades 

    El Acuerdo establece que el Administrador Central de Promoción y Vigilancia del Cumplimiento, los Subadministradores Desconcentrados de Recaudación, así como los Administradores Generales, los Administradores Centrales, los Coordinadores, los Administradores y Subadministradores que de ellos dependan, los Administradores y Subadministradores Desconcentrados de Auditoria Fiscal y Auditoría de Comercio Exterior tendrán, entre otras, las facultades de: 

    “Cancelar, revocar o dejar sin efectos los certificados de sello digital, así como restringir el uso de la firma electrónica avanzada o cualquier otro mecanismo permitido en las disposiciones jurídicas aplicables y resolver las aclaraciones o solicitudes que presenten los contribuyentes para subsanar o desvirtuar las irregularidades detectadas en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Articulo 17-H del Código Fiscal de la Federación.” 

    Consideramos que el atribuir facultades a los servidores públicos para la cancelación de los certificados provocaría que las empresas detuvieran su operación habitual por el impedimento que tendrían de emitir los CFDI´s por las actividades que realicen, evitando cumplir con la obligación de la emisión de los mismos como son, entre otros, los correspondientes a la facturación a clientes, a los pagos de nómina; así como los relativos a las retenciones. 

    Grant Thornton México a través de su división Fiscal se pone a sus órdenes para cualquier duda o información adicional que requiera. 

     

    En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:


    Oficina México 

    Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55)  54246500 

    Pedro Zugarramurdi Pedro.Zugarramurdi@mx.gt.com T (52 55)  54246500


    Oficina Monterrey 

    Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55)  54246500

    Oficina Guadalajara 

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 33)  38174480 

    Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33)  38174480

    Oficina Puerto Vallarta 

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 322) 2241297


    Oficina Querétaro

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 442) 229 1543


    Oficina Tijuana

    Luis Fernando Acosta Luis.F.Acosta@mx.gt.com T (664) 207-0050


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    Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33)  38174480

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