DISIF - Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF 2015
El pasado 2 de julio de 2015, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 (3ª RMF 2015), misma que entró en vigor el 3 de julio de 2015.
El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de esta 3ª RMF 2015, específicamente por lo que respecta a la obligación de presentar la Declaración Informativa sobre su Situación Fiscal (DISIF), por lo que no incluye un análisis profundo de la misma y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.
Tal como hemos comentado en publicaciones anteriores, de conformidad con el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes que se encuentren en los supuestos señalados en dicho artículo deberán presentar, a más tardar el 30 de junio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate, la DISIF a través de los medios y formatos que señale el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de reglas de carácter general.
En este sentido, a través de la 3ª RMF 2015 se adiciona una regla que confirma que las personas morales obligadas a presentar la DISIF por haberse ubicado únicamente en el supuesto de haber llevado a cabo operaciones con residentes en el extranjero, podrán optar por no presentarla cuando el importe total de operaciones llevadas a cabo con estos últimos en el ejercicio fiscal sea inferior a $30,000,000.00.
Por otra parte, se establece que las personas morales que hayan llevado a cabo operaciones con residentes en el extranjero y se encuentren obligadas a presentar la DISIF, tendrán por cumplida dicha obligación cuando presenten de forma completa la información de los siguientes apartados de la DISIF que les sean aplicables:
a) Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el extranjero.
b) Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero.
c) Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales.
d) Operaciones con partes relacionadas.
e) Información sobre sus operaciones con partes relacionadas.
f) Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero