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El 09 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Acuerdo por el que se delegan las facultades del Órgano Interno de Control de la Agencia Nacional de Aduanas de México, en el Órgano Interno de Control del Servicio de Administración Tributaria” (el Acuerdo), el cual entrará en vigor el día de su publicación.
El pasado 21 de diciembre de 2021 se publicó en el DOF el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), mismo que dispone la existencia de un Órgano Interno de Control, adscrito a la Secretaría de la Función Pública.
Con la finalidad de dar seguimiento y atención a los asuntos que les confieren, en tanto se integra el Órgano Interno de Control en la ANAM, se delegarán sus facultades al Órgano Interno de Control del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Mediante el Acuerdo en comento se faculta al titular del Órgano Interno de Control del SAT, y a los titulares de sus respectivas áreas, para conocer de los asuntos en materia de auditorías, quejas, denuncias, responsabilidades, entre otros procedimientos, correspondientes a la Administración General de Aduanas.
El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dicho Acuerdo, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación del presente; así como en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:
Mario Echagaray