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Reporte Anual IMMEX y PROSEC 2020
31 mar 2021Reporte Anual IMMEX y PROSEC 2020
Estimados clientes y amigos, les recordamos que las empresas que cuentan con Programa de Promoción Sectorial (PROSEC), deben presentar a más tardar el día 30 de abril de 2021, el reporte anual de operaciones de comercio exterior correspondiente al ejercicio fiscal 2020.
Asimismo, las empresas que cuentan con Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicio de Exportación (IMMEX), tienen hasta el 31 de mayo de 2021, para presentar el reporte anual de operaciones de comercio exterior correspondiente al ejercicio fiscal 2020.
Es importante resaltar que la obligación de presentar dichos reportes es aplicable incluso para aquellas empresas que hayan obtenido sus Programa IMMEX y PROSEC durante el ejercicio fiscal 2020.
Como recordarán, a través de nuestra alerta número 11, se hizo de su conocimiento, que la Secretaria de Economía otorgó una dispensa de no cumplir con ventas anuales al exterior por un valor superior a 500,000 dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional, o bien, facturar exportaciones, cuando menos por el 10% de su facturación total, derivado de la situación actual que enfrenta el país por el virus SARS-CoV2 (COVID 19).
No obstante lo anterior, la falta de presentación oportuna de los reportes, el no encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales, no contar con los domicilios inscritos, activos y localizados ante la autoridad, contar con créditos fiscales no pagados o garantizados, o bien, que se encuentre catalogado por la autoridad como contribuyente con operaciones inexistentes, darán lugar a la suspensión de los Programas, y de no subsanar dichas omisiones, la autoridad podría iniciar el proceso de cancelación de los mismos.
Asimismo, a las empresas que cuentan con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en su modalidad de Impuesto al Valor Agregado e Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, o bien, aquellas empresas que hayan garantizado el interés fiscal de los mencionados impuestos sobre las importaciones temporales, les recordamos la importancia de presentar su reporte, con el fin de evitar una posible cancelación de su Registro y/o garantía.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle en la elaboración y/o presentación del citado reporte; así como en cualquier otro asunto relacionado con la materia.
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Si requiere mayor información respecto a este tema, por favor contacte a nuestros expertos.
Mario Echagaray
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