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    3. Iniciativa de reforma al artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

    Iniciativa de reforma al artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

    07 ago. 2018

    Iniciativa de reforma al artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

    Alerta 27. 2018

    El pasado 18 de julio del 2018 en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, se presentó por el Grupo Parlamentario del PRI, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    En este sentido, la exposición de motivos señala que el interés de esta iniciativa consiste en resolver un reclamo social en su conjunto, específicamente en lo relacionado con la exención parcial del pago del impuesto sobre la renta (ISR) sobre las prestaciones laborales, tales como el pago de horas extra, jubilaciones, el derecho a las utilidades de las empresas (PTU) y la liquidación del trabajador en caso de terminación de la relación laboral.

    Asimismo, dicha exposición de motivos señala que el sentido de las reformas fiscales debe estar enfocado en ampliar la base de contribuyentes, reducir la elusión y evasión fiscales, planeación fiscal agresiva misma que no tiene como finalidad un proyecto de crecimiento o desarrollo de la empresa sino llevarse las ganancias a otros lugares con la finalidad de no pagar impuestos.

    Por lo anterior, la mencionada Comisión considera incorrecto que actualmente los trabajadores asalariados y subordinados tengan que pagar mayor cantidad de impuestos por las prestaciones derivadas de la Ley Federal del Trabajo como son vacaciones y aguinaldo, así como las relacionadas con seguridad social, tales como vales de despensa, por lo que señala que la autoridad fiscal debe buscar las alternativas de no obtener los puntos porcentuales de avance en recaudación de los que siempre han aportado.

    Dicha exposición también señala que a la clase trabajadora formal y organizada se le debe otorgar un respiro en materia impositiva y que las autoridades fiscales se dirijan hacia los sectores plenamente identificados que no contribuyen en la medida de su ingreso al sostenimiento de los gastos públicos.

    Adicionalmente, la exposición de motivos aclara que los trabajadores no cuentan con ningún tipo de subsidios y tampoco tienen posibilidad de una estrategia fiscal a diferencia de las empresas, quienes sí cuentan con figuras donde quedan exentas del pago de impuestos.

    Derivado de lo anterior, el objetivo de la iniciativa en comento es proteger los ingresos del trabajador, producto de sus servicios prestados, cualquiera que sea la denominación de éstos, implantando una reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), estableciendo así las siguientes exenciones:

    • Se propone la exención del 100% del tiempo extra. Actualmente se exenta el 100% de las prestaciones distintas del salario que reciban el salario mínimo general (SMG) y que no excedan el límite establecido en la legislación laboral.

      Adicionalmente, las prestaciones que reciban más del salario mínimo, actualmente se encuentra exento el 50% de las remuneraciones por concepto de tiempo extra o de la prestación que se realice en los días de descanso, sin que excedan el equivalente de 5 veces el SMG del área geográfica del trabajador por cada semana de servicio.

    • Asimismo, se propone exentar el 100% de jubilaciones. La LISR vigente establece la exención equivalente al monto diario que no exceda de 15 veces el SMG del área geográfica del contribuyente, y el beneficio previsto en la Ley de Pensión Universal.

    • De igual forma, se propone exentar el 100% de las indemnizaciones dado que actualmente sólo está exenta hasta por el equivalente a 90 veces el SMG del área geográfica del contribuyente por cada año de servicio o de contribución.

    • Finalmente, se propone exentar al 100% la PTU y no hasta el equivalente a 15 días de SMG del área geográfica del trabajador, conforme a la disposición vigente.

    Nota: Cabe señalar que, a partir del 28 de enero de 2016, todos los supuestos previstos en las leyes federales, estatales, de la Ciudad de México, así como de cualquier ordenamiento jurídico, cuando se mencione al salario mínimo se entenderán referidas a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

    Adicionalmente, en materia económica, reducir la carga fiscal de los trabajadores se traduce de manera inmediata en mayor poder adquisitivo, con lo que se estimularía el consumo de bienes y servicios, obteniendo así mejor calidad de vida para sí y su familia, con la posibilidad de aumentar la capacidad de ahorro de los empleados que, a su vez, permita aumentar la cantidad que deben recibir como pensión al término de su vida laboral.

    Grant Thornton México a través de su división Fiscal se pone a sus órdenes para cualquier duda o información adicional que requiera.

    En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:

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