El artículo 14 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que los contribuyentes que estimen que el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinar los pagos provisionales del impuesto sobre la renta del año 2023, sea superior al coeficiente del ejercicio correspondiente, podrán, a partir del segundo semestre del ejercicio 2023, solicitar autorización para aplicar un coeficiente menor.
Por su parte, el Reglamento de la LISR señala que dicha solicitud se presentará ante la autoridad fiscal correspondiente, un mes antes de la fecha en la que se deba efectuar el pago provisional que se solicite disminuir. Cuando sean varios los pagos provisionales cuya disminución se solicite, la misma se presentará un mes antes de la fecha en la que se deba enterar el primero de ellos.
En virtud de lo anterior, para efectos de solicitar la autorización para disminuir los pagos provisionales de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, ésta deberá presentarse a más tardar el 17 de agosto del citado año.
Nuestra Firma, a través de su práctica fiscal, se encuentra a sus órdenes; así como en cualquier otro asunto relacionado en la materia.
Grant Thornton México a través de su división Fiscal se pone a sus órdenes para asistirle en la elaboración y/o presentación de la citada solicitud de autorización cualquier duda o información adicional que requiera en relación con éste, o cualquier otro tema fiscal.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:
Contáctenos
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:
Santos Briz
T (52 55) 54246500
Pedro Zugarramurdi
T (52 55) 54246500
Mario Echagaray
T (52 55) 54246500
Mario Rizo
T (52 33) 38174480
Daniel Santiago
T (52 33) 38174480
Luis Fernando Acosta
T (664) 207-0050
Rafael Rubí
T (664) 207-0050
