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    Modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016

    14 oct. 2016

    Modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 - Grant Thornton Mexico

    El pasado 7 de octubre de 2016, se dio a conocer en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), con fines informativos para el particular y vinculatorios para la autoridad, la Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1, 15, 21, 22 y 29 (RMRGCE 2016). 

    El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dicha Resolución, por lo que no incluye un análisis profundo de la misma y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y sus consecuencias. 

    Es importante señalar que de manera general se actualizan las reglas para hacer referencia a la “e.firma” en sustitución de la FIEL (Firma Electrónica Avanzada). 

    Valor provisional en aduana 

    Se elimina la opción para las compañías que cuenten con Programa IMMEX o con autorización para operar en el régimen de recinto fiscalizado estratégico, de determinar el valor en aduana provisional considerando el valor declarado en el contrato de seguro de mercancías, o bien, en cualquier otro documento que refleje un valor. 

    Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico 

    A través de la RMRGCE 2016, se establece que las mercancías bajo trato arancelario preferencial de conformidad con el Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico  (Alianza), no perderán su condición de originarias aun cuando sean facturadas por un operador comercial de un país no parte de ella. El certificado de origen se considerará válido, siempre que en el pedimento se declare el nombre y domicilio legal completos del operador comercial del país no parte. 

    Adicionalmente se dan a conocer las tasas arancelarias aplicables para la importación por residentes en la franja o región fronteriza de cerveza, bebidas alcohólicas y tabaco labrado, cigarros o puros; así como los importados por empresas de mensajería originarios de un país parte de la Alianza. 

    Resultado de semáforo fiscal 

    Los resultados de la selección automatizada de operaciones que no necesiten la presentación del pedimento, su impresión simplificada o en la impresión del aviso consolidado, se podrán consultar con la lectura del código de barras bidimensional QR (Quick Response Code) y en la página de internet del SAT.  

    Importación temporal de vehículos 

    Por lo que se refiere a la importación temporal de vehículos de visitantes extranjeros, se precisan los requisitos que deberán cumplir para realizar dichas importaciones originarias de Estados Unidos de América y Canadá, tales como medidas ambientales y de identificación. 

    Tránsito interno de mercancías por compañías con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad operador económico autorizado 

    Se define el procedimiento que deberán seguir las compañías con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad operador económico autorizado, para el tránsito interno de mercancías para importación y exportación. 

    Adicionalmente se establecen los beneficios que tendrán dichas compañías en las operaciones de tránsito interno, los cuales consisten en: 

    • Exención de garantizar el pago de las contribuciones que pudieren causar los productos trasladados,
    • Contarán con un plazo doble para el traslado de mercancías, con excepción de aquellas que sean transportadas por ferrocarril,
    • Podrán utilizar servicios de empresas de transporte no registradas ante la autoridad, siempre que utilicen candado electrónico,
    • El tránsito se podrá realizar sin la presentación de la impresión simplificada del pedimento o aviso consolidado. 

    Procedimiento de verificación en origen 

    Se adiciona una regla por medio de la cual se establece que cuando autoridades aduaneras inicien procedimiento de verificación de origen, notificarán al importador el inicio de dicho procedimiento, cuya intención sea negar trato arancelario preferencial a los productos importados. 

    Registro en el Esquema de Certificación de Empresas 

    Requisitos en la modalidad de comercializadora e importadora 

    Las compañías que deseen obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de comercializadora e importadora, ya no deberán cumplir con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato denominado “Perfil de la empresa” o “Perfil del Recinto Fiscalizado Estratégico”, para cada una de las instalaciones en las que realizan operaciones de comercio exterior. 

    Obligaciones 

    Para las compañías que cuentan con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de comercializadora e importadora u operador económico autorizado, se adiciona como obligación la de dar aviso a la autoridad de cualquier adición o revocación de empresas transportistas autorizadas para efectuar el traslado de mercancías de comercio exterior. 

    Por lo que respecta a las compañías que cuentan con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad Socio Comercial Certificado, se establece que el formato “Avisos a que se refiere la regla 7.2.1., relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, deberá presentarse al menos una vez anualmente. 

    Adicionalmente dichas compañías ya no estarán obligadas a presentar el Perfil de seguridad, en caso de alta de instalaciones. 

    Causales de requerimiento 

    Se adicionan como causales de requerimiento para las compañías que cuenten con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad Socio Comercial Certificado, dejar de cumplir con los estándares mínimos de seguridad establecidos en el Perfil de la empresa o que la Agencia de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos de América  (CBP por sus siglas en inglés) suspenda o cancele la certificación de alguna instalación que fue acreditada.  

    Causales de cancelación en la modalidad comercializadora o importadora u operador económico autorizado 

    Las empresas que cuentan con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad comercializadora o importadora u operador económico autorizado, se les iniciará el proceso de cancelación de dicho registro si  se encuentra suspendida en el Padrón de Importadores 90 días o más de manera ininterrumpida. 

    Beneficios en la modalidad IVA e IEPS 

    Se adiciona como beneficio para las empresas con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad impuesto al valor agregado (IVA) e impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), la inscripción de manera inmediata al Padrón de Exportadores Sectorial de los siguientes sectores: 

    • Plásticos.
    • Caucho.
    • Madera.
    • Vidrio.
    • Hierro y acero.
    • Aluminio. 

    Lo anterior, siempre que se presente la solicitud junto con los documentos que acrediten el interés jurídico del representante legal y copia del oficio de autorización al registro de empresa. 

    Clave de pedimento H1 (retorno de mercancías en su mismo estado) 

    Se adiciona como supuesto de aplicación para la clave de pedimento H1 el de “Exportación de vehículos transferidos por otras empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera en términos en la regla 4.5.31., fracción XII.” 

    Documentos que se deben acompañar a la Manifestación de Valor 

    Se prorroga hasta el 1 de junio de 2017, la exigibilidad de los documentos que se deben acompañar a la manifestación de valor por parte del importador.

     

    Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda de la RMRGCE 2016, así como en cualquier otro asunto relacionado en la materia.

    En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los correos electrónicos:
     

    Oficina México 

    Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55)  54246500 

    Pedro Zugarramurdi Pedro.Zugarramurdi@mx.gt.com T (52 55)  54246500

    Oficina Monterrey 

    Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55) 5424 6500  

    Oficina Guadalajara  

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 33)  38174480 

    Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33) 38174480

    Oficina Puerto Vallarta  

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 322) 2241297

    Oficina Querétaro 

    Carlos Hernández Carlos.A.Hernandez@mx.gt.com T (52 442) 229 1543

    Oficina Tijuana 

    Luis Fernando Acosta Luis.F.Acosta@mx.gt.com T (664) 207-0050

    Oficina Ciudad Juárez 

    Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33)  38174480

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