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El día 14 de julio de 2021, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Decreto por el que se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.” (el Decreto), mismo que entrará en vigor una vez que inicie la vigencia de las reformas legales que emita el Servicio de Administración Tributaria en materia fiscal y aduanera.
Con la finalidad de fortalecer el sistema aduanero mexicano, para tener una mayor seguridad nacional en los puntos de acceso al país, así como cumplir con los procesos que involucran los servicios aduanales de los acuerdos internacionales que México ha suscrito para eliminar barreras comerciales, resulta oportuno la creación de un órgano administrativo desconcentrado.
Derivado de lo anterior, mediante el Decreto en comento se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México, misma que tendrá por objeto organizar y dirigir los servicios aduanales para asegurarse del cumplimiento de las normas jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional.
Entre las atribuciones que tendrá la Agencia se encuentran las siguientes:
El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes de dicho Decreto, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación de la presente; así como en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:
Mario Echagaray