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El 29 de julio de 2021, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Acuerdo por el que se delegan facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria (SAT)”, en lo sucesivo el Acuerdo, mismo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Como sabemos, el ejercicio de las atribuciones del SAT corresponde originalmente a su titular, sin embargo, este cuenta con las competencias para para delegar dichas facultades a los servidores públicos que forman parte del mismo órgano, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.
En esa virtud, a través del Acuerdo en comento, se delegan en los servidores públicos de la Administración General de Aduanas, diversas facultades, tales como:
1.- Adoptar e implementar, conforme a las disposiciones que emitan las instancias competentes, las normas y procedimientos para la operación del sistema de contabilidad, así como remitir a las instancias competentes los informes financieros correspondientes.
2.- Proponer los programas anuales de trabajo del fideicomiso, así como suscribir y administrar los convenios y contratos que celebre y de cuya ejecución se desprendan obligaciones patrimoniales a cargo del fideicomiso.
El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes de dicho Acuerdo, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberá revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda para el correcto cumplimiento de lo anterior, así como en cualquier otro asunto relacionado en la materia.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:
Mario Echagaray