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Tasas efectivas del impuesto sobre la renta de grandes contribuyentes
04 ago 2021Tasas efectivas del impuesto sobre la renta de grandes contribuyentes
El pasado 16 de junio del año en curso, se publicó en el portal de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) un documento que contiene los primeros parámetros de referencia con respecto a las tasas efectivas del Impuesto sobre la Renta (ISR) para la medición de riesgos impositivos respecto de 40 actividades económicas, que forman parte de los sectores económicos: minería, industrias manufactureras, comercio al por mayor, comercio al por menor y servicios financieros y de seguros.
El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes contenidos en el documento antes señalado, por lo que no se incluye un análisis profundo y, en cada caso, se deberán revisar los efectos específicos y sus consecuencias.
En una segunda publicación, el pasado 1° de agosto de 2021, el SAT difundió a través de su portal de internet, un documento que contiene las tasas efectivas del ISR de Grandes Contribuyentes determinadas por dicha autoridad.
En dicha publicación, se dan a conocer 84 actividades económicas que contemplan los siguientes doce sectores económicos: construcción, servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas, industrias manufactureras, servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación, minería, transporte, correos y almacenamiento, comercio al por mayor, comercio al por menor, servicios inmobiliarios y de alquiler, servicios financieros y de seguros, servicios profesionales, científicos y técnicos, electricidad, agua y suministro de gas por ductos al consumidor final; entre los que se encuentran las industrias de hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos, hotelería, turismo entre otras.
Las tasas efectivas dadas a conocer por el SAT, corresponden al resultado de dividir el monto del ISR correspondiente al ejercicio fiscal, entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio, basando siempre este análisis en parámetros fiscales.
Por lo anterior, es importante analizar y revisar la tasa efectiva de cada contribuyente, así como su situación fiscal en general, con la finalidad de determinar los niveles de riesgo en los que dichos contribuyentes puedan encontrarse, respecto de esta publicación emitida por el SAT. No obstante, en la medida en que los ingresos y las deducciones se estén efectuando conforme a los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales, no habría una razón legal válida para que las autoridades fiscales determinen un crédito a los contribuyentes, aun cuando la tasa efectiva de estos últimos no se ajuste al rango publicado en el documento de referencia en la presente alerta.
Finalmente, compartimos el siguiente enlace con el documento completo para que pueda ser consultado:
Grant Thornton México, a través de su división Fiscal, se pone a sus órdenes para apoyarlos en la revisión de las tasas efectivas del ISR o respecto de cualquier duda o información adicional que requiera.
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