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El 04 de agosto de 2021, fue publicado en la página del Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican” (el Acuerdo), el cual entrará en vigor el día de su publicación.
El 18 de septiembre de 2020, se publicaron en el DOF los Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal, en el cual se establecen esquemas de trabajo a distancia para las personas servidoras públicas de las unidades administrativas de los Entes Públicos.
En este sentido, mediante el Acuerdo en comento se da a conocer el uso de sistemas tecnológicos y medios electrónicos para el debido cumplimiento de las obligaciones de la Secretaría de Economía (SE), con el fin de disminuir los costos de transacción de las mismas.
Dichos medios electrónicos se utilizarán como medio de coordinación, notificación de información oficial y como la principal herramienta para capacitación y actualización de los servidores públicos.
Para efectos de trámites, cuando se habiliten correos electrónicos para recepción de información, las unidades administrativas deberán acusar de recibido y asignar un folio de seguimiento para su identificación, a más tardar al día hábil siguiente de la presentación del mismo. Es importante considerar que, los usuarios que realicen dichos trámites deberán comprobar que recibieron el folio mencionado anteriormente, por lo que será necesario acusar de recibo una vez que le sea proporcionado; en caso de no recibir acuse por parte del particular, la solicitud se tendrá por no presentada.
En caso de que las solicitudes o trámites se reciban de manera electrónica después de las 18:00 horas o en días inhábiles, se considerará presentada al día hábil inmediato siguiente.
Los archivos que serán enviados como parte de un trámite o solicitud no serán tomados en cuenta si estos están dañados, son ilegibles o presentan virus; en dicho caso se solicitará el reenvío de los mismos.
No obstante lo anterior, la presentación de solicitudes, escritos y promociones podrán continuar realizándose en la ventanilla física de la oficialía de partes de la SE.
El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dicho Acuerdo, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación del presente; así como en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:
Mario Echagaray