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    3. Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018

    Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018

    21 dic. 2017

    Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018

    Alerta 47. 2017

    El día 18 de diciembre de 2017, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 y sus Anexos 1-A, 10 y 21 (RGCE 2018), las cuales estarán vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, salvo algunas disposiciones expresamente previstas en las mismas.

    El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dichas Reglas, por lo que no incluye un análisis profundo de la misma y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y sus consecuencias. 

    Referencia al Distrito Federal 

    Se establece a través de las RGCE 2018 que la referencia al Distrito Federal se entenderá realizada a la Ciudad de México en diversos documentos de comercio exterior, siempre que dicha documentación se encuentre vigente, se hubiera tramitado previo a la entrada en vigor del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México y hasta en tanto se inicie, en su caso, la vigencia de aquellos que lo sustituyan. 

    Inscripción en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos en el Sector 13 (Hidrocarburos)

    Por medio de las RGCE 2018, se adiciona el beneficio de llevar a cabo importaciones de hidrocarburos, para aquellas compañías que soliciten la inscripción en el sector 13, hasta en tanto no se resuelva la autorización respectiva. Este beneficio será aplicable hasta el 30 de marzo de 2018 y únicamente para la primera solicitud. 

    Es importante señalar que las compañías que ya cuenten con dicho sector autorizado, deberán de acreditar requisitos adicionales a más tardar el 30 de marzo de 2018. 

    Exigibilidad de manifestación de valor 

    Serán exigibles a partir del 2 de julio de 2018, los documentos que deberán acompañar a la Manifestación de Valor, de acuerdo a las RGCE 2018. 

    Despacho aduanero sin modular 

    Aquellos contribuyentes que cuenten con pedimentos que no hayan sido modulados en el mecanismo de selección automatizado, podrán presentarlos en la aduana para su modulación siempre que se presenten los documentos probatorios del arribo o salida de mercancías y la autoridad no haya iniciado sus facultades de comprobación.   

    En caso de que derivado de la modulación antes señalada, le correspondiera reconocimiento aduanero, éste se efectuará de manera documental. 

    Enajenación de mercancías que se consideran efectuadas en el extranjero 

    Se establece que aquellas enajenaciones que realicen residentes en el extranjero a empresas con Programa IMMEX, de mercancías importadas temporalmente éstas, se considerarán efectuadas en el extranjero y continuarán bajo el mismo régimen de importación, por lo que únicamente en caso de cambio de régimen, se procederá a la determinación correspondiente del impuesto al valor agregado (IVA). 

    Rectificación de pedimentos sin autorización

    Se adiciona el beneficio de llevar a cabo rectificaciones de pedimento sin autorización, para aquellos casos en los que derivado de la aplicación de un contrato en donde se desprenda que el precio final se podrá definir con datos que se conocerán con posterioridad a la importación de hidrocarburos, cuando se haya generado un pago de lo indebido. 

    Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS. Rubro A 

    A través de las RGCE 2018, se adiciona la posibilidad de que aquellas empresas que hayan obtenido un Programa IMMEX por un periodo pre-operativo y/o aquellas empresas que no hayan realizado operaciones de comercio exterior durante los 12 meses previos a la solicictud, podrán solicitar por única ocasión el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (RECE), modalidad IVA e IEPS. Rubro A, únicamente para la importación temporal de activo fijo, por un plazo de 6 meses, que podrá ser prorrogado por 3 meses adicionales, cumpliendo requisitos específicos. 

    Una vez que cuente con la infraestructura necesaria para realizar la operación del Programa IMMEX, se deberá hacer del conocimiento de la autoridad a través de un escrito libre, a fin de que se lleve a cabo la visita de inspección y se corrobore que cuenta con dicha infraestructura, así como que cumple con la totalidad de los requisitos aplicables al rubro solicitado. 

    Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad Operador Económico Autorizado 

    Se establece que aquellas empresas que soliciten el RECE, modalidad Operador Económico Autorizado que tengan transporte propio, podrán solicitar simultáneamente el registro antes mencionado en la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Auto Transportista Terrestre. 

    Es importante señalar que quienes obtengan los dos registros de manera simultánea, únicamente podrán utilizar los servicios de auto transporte para la compañía. 

    Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se pone a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación de las RGCE 2017 señaladas en este documento; así como, en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.

    En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos: 

    Oficina México 

    Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55)  54246500 

    Pedro Zugarramurdi Pedro.Zugarramurdi@mx.gt.com T (52 55)  54246500

    Mario Echagaray Mario.Echagaray@mx.gt.com T (52 55) 54246500 

    Oficina Monterrey 

    Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55) 5424 6500  

    Oficina Guadalajara  

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 33)  38174480 

    Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33) 38174480 

    Oficina Puerto Vallarta  

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 322) 2241297 

    Oficina Querétaro 

    Carlos Hernández Carlos.A.Hernandez@mx.gt.com T (52 442) 229 1543 

    Oficina Tijuana 

    Luis Fernando Acosta Luis.F.Acosta@mx.gt.com T (664) 207-0050 

    Rafael Rubí Rafael.Rubi@mx.gt.com T (664) 207-0050

    Oficina Ciudad Juárez 

    Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33)  38174480

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