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El 21 de septiembre de 2021, fue publicada de manera anticipada en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) la Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2020, misma que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
A través de la Resolución en comento se modifica el primer transitorio de la Séptima Resolución Modificaciones a las RGCE para 2020, publicada el 11 de junio de 2021 en el DOF, a través de la cual se establecía que diversas reglas relativas al despacho de mercancía de conformidad con el Anexo 3 “Aduanas y secciones aduaneras que cuentan con componentes de integración tecnológica para el uso del dispositivo tecnológico”, al procedimiento para tramitar un documento aduanero mediante un dispositivo tecnológico, o bien, al despacho aduanero con pedimento consolidado, presentación del CFDI con el complemento “Carta Porte”, entre otras, entrarían en vigor el 01 de septiembre de 2021, posponiendo la misma al 01 de enero de 2022.
El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dicha Resolución, por lo que no incluye un análisis profundo de las mismas y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación de la presente; así como en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:
Mario Echagaray