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El 20 de enero de 2022, fue publicada de manera anticipada en la página de Servicio de Administración Tributaria (SAT) la “Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022” (la Resolución), y su Anexo 22, mismos que entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y serán aplicables del 20 de enero al 20 de julio de 2022.
Derivado de la publicación en el DOF del “Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera” (el Decreto), de fecha 19 de enero de 2022, es necesario llevar a cabo las modificaciones correspondientes en las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2022.
A través de la Resolución en comento se adicionan diversas reglas mediante las cuales se regula la importación definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera de conformidad con el Decreto antes mencionado.
En ese sentido, se establece la exención de inscripción en el Padrón de Importadores, así como las condiciones y el procedimiento para la importación de los vehículos usados. Asimismo, se establece que dichos vehículos deberán cumplir con la NOM-041-SEMARNAT-2015 “Que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible”, al igual que la posibilidad de no garantizar las contribuciones cuando el valor declarado sea inferior a su precio estimado.
De igual forma, para la importación de los vehículos, se modifica el Apéndice 8 del Anexo 22 de las RGCE, en el que se indican los Identificadores del pedimento.
El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dicha Resolución, por lo que no incluye un análisis profundo de la misma y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación de la presente Alerta; así como en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.
Si requiere mayor información respecto a este tema, por favor contacte a nuestros expertos.
Mario Echagaray
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