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Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022
24 dic 2021Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022
El 24 de diciembre de 2021, fueron publicadas en la página del Diario oficial de la Federación, las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 (RGCE 2022) y su Anexo 13, las cuales entrarán en vigor el 01 de enero de 2022, con excepción de las disposiciones expresamente previstas en la publicación, mismas que estarán vigentes hasta en tanto se expida la Resolución que las abrogue.
CFDI con Complemento Carta
A través de la publicación en comento, se establece que cuando se haga referencia a la expedición de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o de alguno de sus complementos, estos deberán emitirse de conformidad con lo señalado en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).
Asimismo, se adiciona el uso de CFDI con Complemento Carta Porte para amparar el transporte de las mercancías para ciertas disposiciones de comercio exterior, tales como el despacho aduanero de mercancías y con pedimento consolidado, pedimento parte II, tránsitos internos en franja o región fronteriza, entre otros.
Es importante considerar que dichas disposiciones, entrarán en vigor a partir del 31 de marzo de 2022.
Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (RECE)
Derivado de las reformas a la Ley Federal del Trabajo, se elimina el requisito de proporcionar la información de las empresas subcontratistas, así como la obligación de presentar el aviso correspondiente por el cambio de los mismos.
Por otro lado, las Compañías con RECE modalidad Impuesto al Valor Agregado e Impuesto Especial sobre Producción y Servicio u Operador Económico Autorizado que hayan obtenido dicho Registro conforme al esquema de subcontratación, o bien, hayan ingresado su solicitud, tendrán 15 días a partir de la entrada en vigor de la Resolución en comento para informar a la Administración General de Auditoria de Comercio Exterior, que cumplen con las RGCE 2022.
Anexos de las RGCE
Se adiciona la regla correspondiente a los Anexos que forman parte de las RGCE 2022, tales como el “Anexo 13, Multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera y su Reglamento”, entre otros.
Actualización de multas y cantidades que establece la Ley y su Reglamento (Anexo 13)
A través de las RGCE 2022, se dan a conocer los procedimientos para la actualización de las multas y cantidades establecidas en la Ley Aduanera (LA) y su Reglamento, así como las cantidades actualizadas, las cuales estarán vigentes a partir del 01 de enero de 2022, y que en caso de que existan discrepancias entre estas y las establecidas en la Ley Federal de Derechos, esta última prevalecerá.
Declaración errónea del domicilio fiscal
Se elimina que no se considerará que los agentes aduanales puedan perder su patente cuando la autoridad detecte que se declaró incorrectamente el domicilio del importador o exportador en el pedimento, siempre que se hubiese declarado en el campo de observaciones.
Despacho anticipado para la importación por vía de mercancía transportada por empresas de mensajería y paquetería
Se adiciona que no podrán importarse mercancías que de conformidad con la normatividad aplicable no pueda ser importadas mediante empresas de mensajería y paquetería, como aquellas de difícil identificación tales como polvo, líquido, entre otros.
Donación de mercancías por empresas que cuentan con el Registro de Personas Donantes del Extranjero en materia de salud
Se deroga la regla mediante la cual se indica que las personas morales que importen mercancías para la atención en materia de salud que serán donadas al Fisco Federal, podrán solicitar autorización para importar sin el pago de impuestos a comercio exterior.
Anexo 13 de las RGCE 2022
En dicho Anexo se establecen las multas y cantidades a pagar de los supuestos establecidos en la Ley Aduanera, entre los que se encuentran, la multa por la omisión del pago de impuestos al comercio exterior, por no comprobar el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, incumplir con la obligación de contar con un sistema de control de inventarios, entre otros.
Es importante considerar que los Anexos de las RGCE 2020, con excepción del 13, entrarán en vigor hasta en tanto se publiquen los correspondientes a las reglas para 2022.
Por otro lado, lo concerniente a diversas declaraciones, Avisos, Formatos, Modelos, instructivos de llenado y trámites oficiales del Anexo 1 de las RGCE 2020, así como la implementación del Formulario postal, entrarán en vigor a partir del 23 de enero de 2022.
El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dichas Reglas, por lo que no incluye un análisis profundo de las mismas y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se pone a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación de las RGCE 2022; así como, en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.
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Mario Echagaray