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Acuerdo mediante el cual se establecen medidas para restringir la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican.
15 jun 2018Acuerdo mediante el cual se establecen medidas para restringir la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican.
Alerta 18. 2018
El 14 de junio de 2018, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo que establece medidas para restringir la exportación o importación de diversas mercancías a los siguientes países, mismo que entrará en vigor a partir del 15 de junio de 2018.
- La República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte)
- La República Islámica del Irán (Irán)
Con el propósito de implementar resoluciones que el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha adoptado en materia de embargos o sanciones económicas, dicha Organización ha emitido diversas medidas coercitivas, con el fin de asegurar que el programa nuclear de Corea del Norte e Irán, sea utilizado para fomentar la confianza mediante la cooperación internacional y sea utilizado únicamente para fines pacíficos (impedir adquisición de misiles, armas, artículos, material y bienes conexos y otros artículos comerciales).
En esa virtud, a través del Acuerdo en comento, México restringe la importación y/o exportación de los siguientes productos cuando provengan o se destinen a dichos países:
Corea del Norte:
- Sal, Azufre, tierras y piedras, yesos, cales y cementos
- Pólvora
- Manufacturas de plástico
- Barras de vidrio
- Diversos metales comunes como titanio, magnesio etc.
- Diversas manufacturas de metal
- Vehículos automóviles
- Vehículos y materiales para vías férreas
- Aparatos de Ozonoterapia
- Madera, sus manufacturas, carbón
- Estaño
- Barcos y aeronaves
- Cámaras fotográficas
Irán:
- Productos minerales como grafito y uranio
- Elementos químicos radiactivos como el helio, boro, calcio etc.
- Pólvora
- Manufacturas de plástico
- Textiles
- Manufacturas de vidrio
- Manufacturas de fundición de hierro y acero
- Acero inoxidable en lingotes o demás formas primarias
- Productos laminados, de acero inoxidable o aleados
- Aluminio
- Reactores nucleares
- Bombas de aire o de vacío
- Vehículos automóviles (tanques), helicópteros, navíos de guerra
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se pone a sus órdenes para asistirle en cualquier inquietud sobre el Acuerdo antes mencionado; así como en cualquier otro asunto relacionado en materia de comercio exterior.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:
Oficina México y Monterrey
Mario Echagaray Mario.Echagaray@mx.gt.com T (52 55) 54246500
Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55) 54246500
Pedro Zugarramurdi Pedro.Zugarramurdi@mx.gt.com T (52 55) 54246500
Oficina Guadalajara
Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 33) 38174480
Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33) 38174480
Oficina Puerto Vallarta
Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 322) 2241297
Oficina Querétaro
Carlos Hernández Carlos.A.Hernandez@mx.gt.com T (52 442) 229 1543
Oficina Tijuana
Luis Fernando Acosta Luis.F.Acosta@mx.gt.com T (664) 207-0050
Rafael Rubí Rafael.Rubi@mx.gt.com T (664) 207-0050
Oficina Ciudad Juárez
Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33) 38174480
Oficina Puebla
Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55) 54246500
Oficina Aguascalientes
Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33) 38174480