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El 30 de junio de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación” (el Acuerdo), el cual entrará en vigor el 01 de julio de 2022.
Con la finalidad de facilitar la identificación de las mercancías, así como establecer una mayor precisión en la información estadística de comercio exterior, mediante el citado Acuerdo se realizan diversas modificaciones a los NICO.
En este sentido, se crean 53 NICO, se modifican las descripciones de otros 6 y se suprimen 13.
Algunos de los NICO creados son los relativos a las siguientes mercancías:
- Maletas, portafolios y mochilas.
- Chamarras, chaquetas, sacos, cazadoras, blazer, abrigos y chalecos.
- Cortes de tela.
- Respiradores N95.
- Cubrebocas y mascarillas desechables.
Los artículos a los cuales hacen referencia algunos de los NICO reformados son:
- Baúles, maletas (valijas) y maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos.
- Tubos mecánicos o estructurales sin recubrimientos.
- Amoladoras o pulidoras.
- Biseladoras
Asimismo, dentro de los NICO suprimidos se encuentran los correspondientes a los siguientes bienes:
- Prendas de vestir, de cuero natural o cuero regenerado.
- Alambres, varillas, tubos, placas, electrodos y artículos similares de hierro o acero.
- Cajas de caudales, puertas blindadas y compartimientos para cámaras acorazadas.
- Cofres y cajas de seguridad y artículos similares, de metal común.
El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes del Acuerdo, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberá revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para todo lo relacionado con el presente.
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