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- Decreto por el que se modifica el diverso por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles
Decreto por el que se modifica el diverso por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles
30 dic. 2020- Decreto por el que se modifica el diverso por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles
El presente documento tiene por objeto informar los aspectos relevantes del Decreto que reforma al “Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016.
El Decreto otorga el estímulo fiscal a los contribuyentes que importen y enajenen gasolinas, diésel y combustibles no fósiles durante los ejercicios 2021 a 2024, consistente en una cantidad equivalente a un porcentaje de las cuotas aplicables a dichos combustibles.
Asimismo, otorga el estímulo fiscal durante los ejercicios fiscales de 2021 a 2024 a las personas que cuenten con permisos expedidos por la Comisión Reguladora de Energía para el expendio al público de petrolíferos en estaciones de servicio que estén ubicadas en la franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, dentro de las zonas geográficas que se establecen en el artículo Cuarto del presente Decreto, consistente en una cantidad por litro de gasolina enajenada aplicable en cada una de las zonas geográficas mencionadas.
El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2021 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
Nuestra Firma, a través de su práctica Fiscal se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda relacionada con la presente; así como en cualquier asunto relacionado con la materia.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:
T (52 55) 54246500
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