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El pasado 9 de diciembre se publicó en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y su Anexo A-1, la cual entra en vigor el 1 de enero de 2017, e incluye, entre otros temas, las reglas y disposiciones para los ajustes de precios de transferencia.
Dicho documento define los ajustes de precios de transferencia, además de establecer ciertas reglas para el aumento o disminución de ingresos o deducciones derivados de la aplicación de los ajustes, así como la deducción de ajustes de precios de transferencia que resulten de una resolución emitida relacionada con un Acuerdo Anticipado de Precios de transferencia (APA) en términos del Artículo 34-A del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Es dichas reglas se establece que los contribuyentes que hayan obtenido ingresos acumulables con motivo de ajustes de precios de transferencia deberán incrementar dichos ingresos en un monto equivalente al propio ajuste. De igual modo, aquellos que hayan efectuado deducciones por motivo de un ajuste de precios de transferencia podrán incrementar dichas deducciones en un monto equivalente al ajuste siempre y cuando cumplan con lo previsto en la regla 3.9.1.3., la cual se refiere al soporte y demás requisitos necesarios para tomar la deducción.
Posteriormente emitiremos nuestras conclusiones sobre el mismo, mientras tanto, el documento y el anexo se pueden descargar en los siguientes enlaces:
Documento:
Anexo A-1:
Nuestra Firma, a través de su práctica de Precios de Transferencia, se pone a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación de los ajustes señalados en el documento; así como, en cualquier otro asunto que en materia de precios de transferencia se requiera.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los correos electrónicos:
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Ricardo Suárez Ricardo.Suarez@mx.gt.com T (52 55) 54246500
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