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Impuestos que se convierten en películas

Impuestos que se convierten en películas

Impuestos que se convierten en películas

36 proyectos cinematográficos han sido beneficiados por empresas y contribuyentes del ISR, quienes a través de un mecanismo de acreditación, han podido convertir impuestos en cine nacional.

Esto es posible gracias al Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y Distribución Cinematográfica Nacional (EFICINE): un apoyo que se otorga a la industria cinematográfica por la producción y distribución de largometrajes, consistente en aplicar un crédito fiscal por el monto aportado a un proyecto de inversión en la producción o en la distribución por un contribuyente del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Con este nuevo acuerdo, se deroga el del año anterior, por el que se emitían las Reglas Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Cinematográfica Nacional, publicado el 25 de febrero de 2013.

La Ley ahora contempla lo siguiente:

"Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al monto que, en el ejercicio fiscal de que se trate, aporten a proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional, contra el impuesto sobre la renta o el impuesto al activo que tengan a su cargo en el ejercicio en el que se determine el crédito. En ningún caso, el estimulo podrá exceder del 10% del impuesto sobre la renta a su cargo en el ejercicio inmediato anterior al de su aplicación.

Cuando dicho crédito sea mayor al impuesto sobre la renta o al impuesto al activo que tengan a su cargo en el ejercicio en el que se aplique el estímulo, los contribuyentes podrán acreditar la diferencia que resulte contra el impuesto sobre la renta o el impuesto al activo que tengan a su cargo en los diez ejercicios siguientes hasta agotarla".

El estímulo tiene que ser distribuido entre los participantes sin exceder los 500 millones de pesos por año ni más de 20 millones de pesos por contribuyente y proyecto. Ademas, estas aportaciones a proyectos no son una erogación adicional para el contribuyente si así lo decide. Es un crédito así que no es un ingreso acumulable para el ISR. Además posibilita la presencia de la marca en la película, y entre los beneficios al productor cinematográfico se considera el aumento de la creación de cine local y la presencia del aportante en eventos de publicidad y promoción.

La exhibición en salas cinematográficas de dichos proyectos en cualquier categoría no deberá exceder de dos años contados a partir de la fecha de terminación de la producción cinematográfica nacional. El proyecto de inversión en la distribución por el cual se solicite la aplicación del estímulo fiscal, deberá considerar que la fecha estimada para la conclusión de la exhibición en circuitos comerciales o culturales de la película cinematográfica nacional, no deberá exceder de un año posterior al ejercicio fiscal en que fue autorizado.

El año pasado, cuatro películas mexicanas lograron cerca de 30.6 millones de boletos vendidos: tres veces más de lo registrado en periodos anteriores. En taquilla, el cine mexicano representó alrededor del 10.9%, con cerca de 1 mil 213 millones de pesos.

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