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Para los arrendatarios, se requiere que los pagos de arrendamiento sean descontados utilizando:
• la tasa de interés implícita en el arrendamiento, si la tasa se puede determinar fácilmente, o
• la tasa incremental por préstamos del arrendatario.
Para los arrendadores, la tasa de descuento siempre será la tasa de interés implícita en el arrendamiento.
La tasa de interés implícita en el arrendamiento se define en la IFRS 16 como ‘la tasa de interés que iguala el valor presente de (a) los pagos de arrendamiento y (b) el valor residual no garantizado, con la suma de (i) el valor razonable del activo subyacente y (ii) cualquier costo directo inicial del arrendador’.
La tasa incremental de los préstamos del arrendatario se define en la IFRS 16 como ‘la tasa de interés que un arrendatario tendría que pagar en un préstamo por el importe necesario para adquirir un activo de valor equivalente al activo por derecho de uso, en un entorno económico, plazo y garantía similar.
La tasa incremental de los préstamos se determina en la fecha de comienzo del arrendamiento. Como resultado, incorporará el impacto de los eventos económicos significativos y otros cambios que surgen entre la fecha de inicio y la de comienzo del arrendamiento.
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Arrendamientos Profundizando en la norma: Entendiendo la tasa de descuento [ 329 kb ]