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BREXIT: Implicaciones en materia de comercio exterior

03 sep. 2020
  • BREXIT: Implicaciones en materia de comercio exterior

¿Qué consecuencias tiene para México el BREXIT?

El 23 de junio de 2016, los ciudadanos del Reino Unido votaron a favor de abandonar la Unión Europea (BREXIT, que es una abreviatura de las palabras “Britain” (Reino Unido) y “exit” (salida), por lo que el 29 de marzo de 2017, el Reino Unido notificó oficialmente al Consejo Europeo sobre la decisión de dejar de ser parte del bloque continental al que se unió desde el 1° de enero de 1973.

Con lo anterior, se pone fin a una relación de más de cuatro décadas, por lo que una vez que el Consejo Europeo tuvo conocimiento del llamado BREXIT, se realizaron diversas reuniones y acuerdos, con la finalidad de dar certeza jurídica de lo que sucedería tras la salida de Reino Unido.

Como consecuencia, se creó el “Acuerdo de Retirada entre la Unión Europea y el Reino Unido” (el Acuerdo de Retirada), a través del cual se materializó lo negociado en temas como disposiciones preliminares y derechos de los ciudadanos, así como otras cuestiones relativas a la separación, tales como la suerte que tendrán los productos introducidos en el mercado antes de la fecha de retirada, así como el establecimiento de un periodo de transición.

Aunque originalmente se tenía contemplado que el BREXIT se llevaría a cabo el 29 de marzo de 2019, Reino Unido solicitó una prórroga con la finalidad de tener un plazo mayor para la adopción de lo que serán las relaciones con la Unión Europea bajo ese nuevo contexto, por lo que se estableció que la fecha en la que se materializaría el BREXIT sería el 31 de enero de 2020.

Así las cosas, a partir del 2 de febrero de 2020, Reino Unido dejó de ser parte de la Unión Europea, sin embargo, en el Acuerdo de Retirada, se establece un periodo de transición, durante el cual, la situación permanecerá sin cambios para los ciudadanos, los consumidores, las empresas, los inversores, los estudiantes y los investigadores, tanto en la UE como en el Reino Unido, es decir, que las obligaciones adquiridas por Reino Unido cuando formaba parte de la Unión Europea seguirán vigentes.

Lo anterior implica que, durante el periodo de transición que va del 1 de febrero del 2020 al 31 de diciembre de 2020, la relación comercial que existe entre México y el Reino Unido se beneficiará del mismo trato preferencial del que gozan los Estados Miembro de la Unión Europea, por lo que  aquellos contribuyentes que realicen importaciones originarias de Reino Unido podrán continuar beneficiándose de las preferencias arancelarias que prevé el Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea (TLCUEM), y de igual manera, las exportaciones de México hacia el Reino Unido, también gozarán de los beneficios del TLCUEM.

Cabe destacar que, en el multicitado Acuerdo, se estableció la posibilidad de prorrogar por única ocasión el periodo de transición. Para esos efectos, la Unión Europea y Reino Unido debían adoptar esta decisión antes del 1 de julio de 2020, sin embargo, la misma no se llevó a cabo, por lo que oficialmente el período de transición termina el próximo 31 de diciembre de 2020.

En virtud de las implicaciones comerciales para México y para el Reino Unido por el intercambio comercial que mantienen, ambas naciones se encuentran en negociaciones con la intención de celebrar un Tratado de Libre Comercio (TLC), no obstante, a la fecha de elaboración del presente boletín, no se ha concluido la misma.

En este sentido, es recomendable que las empresas que realizan importaciones y/o exportaciones de productos de o hacia Reino Unido, evalúen el impacto que tendrán sus operaciones comerciales ante el BREXIT, y tomen las precauciones correspondientes, en tanto no se confirme la celebración de un TLC entre ambos países, que permita dar continuidad a las preferencias que se hasta ahora sean aplicables.

Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda relacionada con el presente; así como en cualquier otro asunto relacionado con la materia.

 


 

Contacto de prensa:

Sallessainz@mx.gt.com

T 54246500 ext. 2130

 


 

Acerca de Salles, Sainz – Grant Thornton, S.C.

Salles, Sainz Grant Thornton, S.C. es una firma mexicana de contadores públicos con 40 años de experiencia proporcionando servicios de auditoría, impuestos, consultoría y outsourcing. La Firma tiene un prestigio impecable, reconocida por el riguroso nivel técnico y ético con el que ofrece sus servicios profesionales.

Salles, Sainz – Grant Thornton es miembro de Grant Thornton International Ltd, una de las organizaciones líderes en el mundo de firmas de contabilidad y consultoría con propiedad y administración independiente. Grant Thornton International Ltd es una organización de más de $5,000 millones de dólares facturados por sus firmas miembro, con más de 56,000 personas en más de 140 países.

Mario Echagaray

Mario Echagaray
Mario Echagaray
Socio Coordinador de la Práctica de Comercio... Ciudad de México
Email address Mario Echagaray VCard
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